TSJCV y caso SKY ECC: desestimado el incidente de nulidad y nuevos interrogantes sobre la apelación penal

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TSJCV y caso SKY ECC: desestimado el incidente de nulidad y nuevos interrogantes sobre la apelación penal

El TSJCV rechaza los incidentes de nulidad en el caso SKY ECC

A vueltas con la sentencia del TSJCV que declara la nulidad de la sentencia de la sección tercera de la Audiencia Provincial que declaró la ineficacia de las evidencias obtenidas del desencriptado de SKY Ecc

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La sala de lo Penal del TSJCV ha desestimado los incidentes de nulidad de actuaciones contra la sentencia con el argumento de que el incidente pretendía reabrir la discusión ya resuelta, pero que en su Sentencia 118/2026 la Sala de Apelación no incurrió en incongruencia ni excedió el recurso fiscal, porque el Ministerio Fiscal pidió la nulidad de la absolución por falta de valoración de prueba decisiva y la Sala acordó precisamente esa nulidad.

Sin embargo, el TSJCV reconoce que quizá la Sala se excedió en sus razonamientos, aunque entiende, a modo de excusa, que serían “consideraciones adicionales” de la sentencia accesorias o de refuerzo, y no causaron indefensión porque el fallo habría sido el mismo, aunque se eliminaran estos “refuerzos argumentales”.

Sin embargo, para nosotros estas “consideraciones accesorias” eran de todo menos accesorias, puesto que condicionaban materialmente la nueva sentencia, predeterminaban la valoración probatoria futura o excedían del control externo permitido frente a una absolución y de hecho justificaban la presentación del incidente y una futura demanda de amparo.

¿Qué alegaban las defensas frente a la sentencia de apelación?

Las defensas promovimos incidente de nulidad de actuaciones contra la sentencia dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el Rollo de Apelación n.º 104/2026,al amparo del art. 241 LOPJ, al considerar que la resolución impugnada excedía los límites propios de la apelación penal frente a una sentencia absolutoria, alteraba el marco del debate planteado por el recurso del Ministerio Fiscal y afectaba al derecho a la tutela judicial efectiva, al derecho de defensa, al principio de contradicción y al derecho a un proceso con todas las garantías reconocidos en el art. 24 CE.

Los límites de la apelación penal ante una sentencia absolutoria

Nuestra discrepancia no se basa, por tanto, en una mera diferencia de criterio jurídico, sino en la convicción de que la Sala de apelación no se ha limitado a realizar un control externo de la racionalidad de la sentencia absolutoria dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia. Por el contrario, entendemos que la resolución introduce valoraciones propias sobre la prueba practicada, reinterpreta extremos nucleares de la prueba testifical y pericial y anticipa criterios sobre una futura nueva sentencia.

La controversia sobre la valoración de la prueba digital

La jurisprudencia constitucional y la Ley de Enjuiciamiento Criminal establecen límites especialmente estrictos cuando se revisa una sentencia absolutoria. La apelación no puede convertirse en una nueva valoración completa de la prueba, ni en una presunción de inocencia invertida al servicio de la acusación. Solo cabe anular una absolución cuando la motivación sea arbitraria, irracional, extravagante, inexistente, incurra en error patente o se aparte de forma manifiesta de las máximas de experiencia.

En el presente caso, las defensas consideramos que la sentencia de instancia ofreció una motivación razonada sobre extremos decisivos relativos a la evidencia digital, su autenticidad, integridad y cadena de custodia, así como sobre la valoración de la prueba pericial y testifical practicada con inmediación en el juicio oral.

¿Puede una sentencia de apelación condicionar una futura resolución?

Además, esta parte en concreto puso de manifiesto que la propia Sala, con idéntica composición, dictó una resolución prácticamente coetánea —la Sentencia n.º 120/2026, de 27 de abril de 2026— en la que afirma que, frente a sentencias absolutorias, la apelación debe limitarse a un “juicio sobre el juicio” y no a una revisión del juicio probatorio. Ese criterio, que compartimos plenamente, es precisamente el que consideramos que no se ha respetado en la resolución cuya nulidad se solicita.

La importancia de la tutela judicial efectiva y la presunción de inocencia

La defensa entiende que esta diferencia de tratamiento exige una explicación reforzada, pues los ciudadanos tienen derecho a que los órganos judiciales apliquen la ley de manera coherente, motivada y no arbitraria, especialmente cuando están en juego derechos fundamentales y la presunción de inocencia.

Próximos pasos: la posible vía de amparo constitucional

Por todo ello, desde Julio Sánchez Abogados Redlex seguiremos utilizando todos los cauces legales disponibles para preservar los derechos fundamentales de nuestro cliente, incluida, en su caso, la vía constitucional de amparo.

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