Modificaciones a la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

Modificaciones a la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

Hoy 21 de marzo, ha entrado en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial con novedades y modificaciones respecto a la anterior.

Además de aumentar la penalización por el uso del móvil al volante o por no utilizar el cinturón de seguridad y de hacer desaparecer el margen de 20 km/h para adelantar en carreteras convencionales, la nueva normativa establece nuevas reglas para los usuarios de patinetes y regula los adelantamientos a los ciclistas y los cursos para recuperar puntos.

Las principales novedades de esta Ley que afectan a los conductores, se pueden resumir en 12 puntos:

1) Distracciones

Sujetar el móvil con la mano mientras se conduce supondrá la pérdida seis puntos del carnet, en lugar tres que eran antes.

2) Cinturón de seguridad y elementos de protección

El hecho de no utilizar el cinturón de seguridad o utilizarlo mal, supondrá cuatro puntos de pérdida de carnet de conducir, uno más que antes, también se aplicará si no se lleva casco, sillita de menores, y otros elementos obligatorios.

3) Ciclistas

Para adelantamiento de ciclistas, será obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar de carril para así dejar más espacio lateral. Se aumenta la pérdida de cuatro a seis puntos si no se hace correctamente. Se prohíbe igualmente parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.

4) Tirar cosas a la carretera

Se impone la pérdida de seis puntos en lugar de cuatro por arrojar por la ventanilla del coche cualquier objeto, ya que ello puede provocar accidentes.

5) Recuperar puntos del carnet

Ahora para recuperar el saldo inicial deberá de pasar dos años, sin cometer infracciones, antes dependía de la gravedad de la infracción.

6) Cursos de Conducción segura y eficiente

Se podrán recuperar dos puntos del carné si un conductor realiza cursos de conducción segura y eficiente.

7) Alcohol y drogas entre conductores menores

Los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0,0, tanto en sangre como en aire espirado.

8) Alcoholímetro antiarranque (alcoholock)

Desde el 6 de julio de 2022, los conductores de los vehículos destinados al transporte de viajeros por carretera que dispongan de interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque, estarán obligados a utilizar estos dispositivos.

9) Adelantamientos

Tanto los turismos como las motocicletas ya no pueden superar los 20 km/h los límites de velocidad máximos en carreteras convencionales cuando adelantan a otros vehículos.

10) Motoristas

Podrán utilizar dispositivos inalámbricos siempre que estén certificados u homologados para su utilización en el casco, siempre con fines de comunicación o navegación, y no afecte a la seguridad.

11) Zonas de Bajas Emisiones

En caso de no respetar las restricciones de circulación como consecuencia de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de bajas emisiones, se impondrá una sanción grave.

12) Exámenes para el carnet de conducir

Supondrá una multa de 500 euros “utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos”. A la sanción económica se añade que además el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas en seis meses.

Conclusión, aunque todos sabemos de la importancia de cumplir la normativa cuando manejamos un vehículo, porque al fin y al cabo ponemos en riesgo nuestra vida y la de los demás, con la agravación de las sanciones se espera tener un efecto disuasorio, para la comisión de infracciones, y por tanto para la disminución de accidentes de tráfico que tan lamentables consecuencias tienen.

Fdo. María Lillo.- Abogada