Extinción de pensión por alimentos en hijos mayores de edad por falta de relación

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Extinción de pensión por alimentos en hijos mayores de edad por falta de relación

En la sentencia dictada por la Sala Primera del Tribunal Supremo, de fecha 19 de febrero se han establecido los criterios jurisprudenciales en relación con la extinción de la pensión por alimentos en hijos mayores de edad que no tienen relación con su progenitor.

Dicha sentencia, casa la dictada en primera instancia y la dictada por la Audiencia Provincial desestimando el recurso del padre que había instado una modificación de medidas para la extinción de la pensión por alimentos por falta de relación con sus hijos, sin embargo, no es menos cierto que, en ese caso, se argumenta que no procede la extinción de dicha pensión porque no se ha probado que esa falta de relación sea debida únicamente a los hijos.

Para que se aplique esta doctrina de extinción de la pensión por alimentos por falta de relación, se debe de realizar bajo un punto de vista muy restrictivo, donde la prueba debe ser muy rigurosa, ya que es posible admitir esta causa por vía de interpretación flexible de las causas de desheredación y por tanto, es necesario valorar si la falta de relación manifiesta es imputable, de forma principal y relevante al hijo.
Esta interpretación ha sido seguida por Tribunales que afirman que: “cuando la solidaridad intergeneracional ha desaparecido por haber incurrido el legitimario en alguna de las conductas reprobables previstas en la ley, es lícita su privación. No resultaría equitativo que quien renuncia a las relaciones familiares y al respaldo y ayuda de todo tipo que éstas comportan, pueda verse beneficiado, después, por una institución jurídica que encuentra su fundamento, precisamente, en los vínculos parentales.”
Como conclusión podemos extraer que para que se pueda extinguir la pensión por alimentos a un hijo mayor de edad, es necesario que se pruebe que esta falta de relación es principalmente imputable al hijo, y por tanto, el progenitor tendrá que probar que ha desplegado todo su esfuerzo y habilidades a su alcance para mantener la relación con su hijo.
María Lillo.- Abogada

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