¿Debo hacer testamento?

Julio Sanchez Abogados testamento

¿Debo hacer testamento?

Existen una serie de creencias falsas en torno a hacer testamento, y para ello vamos a desgranar algunas que creemos que son importantes desmitificar.

1.- Es falso que hacer testamento sea caro. La forma más habitual de hacer testamento es haciéndolo ante un Notario, y su coste está alrededor de 50 euros, por tanto no es un gasto que se pueda catalogar como caro, teniendo en cuenta que puede evitar muchos problemas futuros.

2.- Es falso que se entere la familia de que has otorgado testamento. La única forma de que se entere la familia, es que tú se lo digas a ella. En otro caso los familiares solo se enterarán de su existencia una vez hayas fallecido y soliciten los actos de últimas voluntades, para saber si otorgaste testamento y en su caso ante que Notario.

3.- Es falso que para hacer testamento tengan que estar de acuerdo los herederos.- El otorgante del testamento acude al Notario y allí mediante escritura pública deja reflejada su voluntad, y no es hasta el fallecimiento cuando en función del testamento y los bienes existentes, se tendrán que poner de acuerdo los herederos para su adjudicación, siempre siguiendo las indicaciones del testador.

4.- Falso que si hago testamento pierdo mis bienes. Muchas personas piensan que si hacen un testamento dejando una vivienda a uno de los hijos, pierden esa vivienda. Esto es completamente falso.

5.- Falso que si hago testamento no puedo modificarlo después. El testamento es un acto personalísimo que puede ser cambiado las veces que uno quiera, solo tendrás que ir al Notario y hacer un nuevo testamento que refleje tu voluntad actual. El testamento válido será el último que otorgues antes del fallecimiento, por ello cuando una persona fallece hay que esperar 15 días hábiles para solicitar los actos de últimas voluntades, puesto que el Notario debe inscribir en el Registro de Notariados la existencia del mismo y pudiera ser del mismo día de fallecimiento, por ello hay que esperar a tener la certeza de que es el último el que consta inscrito.

Después de haber hablado de los falsos mitos en torno al testamento podemos concluir que otorgar testamento tiene más ventajas que no hacerlo.

¿Cuáles son las ventajas de otorgar testamento?

Te permite nombrar herederos, siempre respetando los herederos forzosos, podemos señalar si queremos que las donaciones hechas en vida computen o no a cuenta de la legítima de los herederos. Es lo que se conoce como donaciones colacionables (que computan) o donaciones no colacionables ( que no computan).

Si la voluntad del fallecido es que no fueran colacionables, solo se tienen en cuenta si perjudican la legítima. Si la voluntad del fallecido es que fueran colacionables, se computan y se descuentan de la legítima de quien las recibe.

Más rápido la tramitación para los herederos tener testamento que no lo haya, ya que en caso de no hacer testamento, los herederos tendrán que tramitar la declaración de herederos abintestato ante un Notario, y este trámite cuesta más en completarse.

También puedes nombrar a un albacea que será el encargado de efectuar el reparto de los bienes.

Podemos desheredar a alguien por motivos justificados, que están recogidos en el código civil.

Podemos disponer que el usufructo vitalicio de nuestros bienes, sea para nuestro cónyuge.

Por tanto, hemos visto que lo más conveniente es asesorarte bien para hacer el testamento regulando todos los aspectos que se consideren necesarios para dejar plasmada tu voluntad, para ello desde este despacho de abogados Julio Sanchez.-AbogadosRed Lex, podemos darte el mejor asesoramiento para regular tus disposiciones futuras.

María Lillo.- Abogada