Guarda y custodia compartida en procesos de divorcio
Todavía se sigue cuestionando por algunas personas el hecho de que el régimen de custodia para los menores tras la separación de sus progenitores no puede ser la guarda y custodia compartida de manera preferente y frente a este argumento cabe recordar una de las últimas sentencias del Tribunal Supremo que aborda este tema, en concreto de fecha 26 de septiembre de 2023, en la cual entra a valorar este régimen de custodia tras las reformas operadas sobre el artículo 92 del código civil, en el año 2021 y 2022, en la que se refiere al régimen de custodia compartida como preferente frente a la monoparental, explicando nuevamente que no se trata de un régimen excepcional, sino que debe ser en abstracto, el más beneficioso para los menores.
La Guarda y Custodia Compartida, fomenta la integración, estimula la cooperación mutua entre los progenitores y no cuestiona la idoneidad de estos, por tanto, no basta que puedan existir desacuerdos entre estos, para justificar una guarda y custodia monoparental. Este régimen de guarda y custodia compartida es el más normal, porque permite que sea real el derecho que tienen los hijos para relacionarse con ambos progenitores.
En la mencionada sentencia, el Tribunal Supremo estima el recurso interpuesto por el progenitor y otorga la guarda y custodia compartida, haciendo una explicación sobre los informes psicosociales que se efectuaron en el procedimiento en relación con el mejor régimen de custodia, y establece que estos deben ser analizados y cuestionados jurídicamente por el Tribunal, como ocurre con los demás informes periciales, ya que lo contrario sería como delegar la toma de decisiones al equipo psicosocial.
Además, el Tribunal Supremo también se pronunció en el sentido de que aunque no existiera un plan de parentalidad que hubieran presentado los progenitores, ello no era obstáculo para la adopción de una guarda y custodia compartida.
En caso de que necesites ayuda en un tema de divorcio y tu preocupación sea no poder obtener la guarda y custodia compartida, puedes ponerte en contacto con este despacho, Julio Sánchez.-Abogados, y estaremos encantados de atenderte.



