Divorcio y uso de la vivienda familiar: el Tribunal Supremo pone límites a la adjudicación
El Tribunal Supremo pone límites a la adjudicación de la vivienda familiar tras el divorcio.
Recientemente, el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre los límites que existen en relación a la adjudicación de la vivienda tras el divorcio, en el sentido de que el uso de la misma debe ser temporal.
En la reciente sentencia de 21 de abril de 2025, el Tribunal Supremo limita los años de uso de la vivienda, aunque uno de los progenitores estando en guarda y custodia compartida gane menos que el otro.
En esta sentencia la magistrada da la razón al progenitor que recurrió una sentencia que atribuía el uso y disfrute de la misma a la progenitora hasta que la hija de ambos cumpliera la mayoría de edad, amparándose en que, si bien es cierto que los jueces deben atender al interés más necesitado de protección y la titularidad de la vivienda, deben, sin embargo, fijar un plazo.
En la mencionada sentencia, el Supremo llega a la conclusión de que los padres tienen necesidades similares, si bien la madre tiene unos ingresos inferiores al padre, esa diferencia no puede justificar que se le adjudique el uso de la misma a la progenitora hasta que la hija alcance la mayoría de edad, ya que esto sería desproporcionado y, limita al plazo a cinco años, tiempo que estima suficiente para que la progenitora sin impedimento para trabajar mejore sus ingresos.
En el despacho de Julio Sánchez.-Abogados, estamos especializados en temas de familia y tenemos una gran experiencia conciliando en procesos de divorcio, tratando minuciosamente todos los aspectos familiares y económicos en torno al mismo.




