PENA DE TELEDIARIO ¿Y AHORA QUÉ?

Julio Sánchez Abogado especialista en derecho penal

PENA DE TELEDIARIO ¿Y AHORA QUÉ?

En juicio celebrado el pasado día dos de octubre de 2017 obtuvimos, tras tres años de esfuerzo, la respuesta deseada y logramos la absolución, por retirada de petición de condena a cinco años de prisión que solicitaba la fiscalía de Teruel contra la Doctora Armiñana (*).
Ahora llega el momento, no solo de reflexionar, sino también, de hacer pública esta reflexión. No es el único caso, ni será el último, en el que se produce un flagrante atropello a los derechos y dignidad de la persona y, desde luego, nos atañe a todos, aunque muchos puedan pensar que no les concierne. Lo cierto es que, si no luchamos todos para que el reconocimiento de la dignidad de la persona se convierta realmente en el principal pilar de un estado de derecho, seguiremos observando pasivos el desmoronamiento de los ideales que alumbraron el concepto moderno de democracia y participaremos cómplices en el actual divorcio existente entre la idea de democracia real y su inherente respeto por los derechos fundamentales, y la que ahora nos venden, acomodaticia y reservada a acudir a las urnas cada cuatro años.
A veces creemos que la defensa de conceptos como, respeto a la dignidad humana, presunción de inocencia, igualdad ante la ley, solo son exigibles de nuestros políticos o de las autoridades que desde todos los ámbitos nos gobiernan y nos olvidamos entonces de que, el respeto por los demás, y la defensa de sus derechos parten de nosotros mismos como compromiso responsable de todos los ciudadanos y que, sin duda, también forma parte del concepto de soberanía popular.
Un buen principio sería, con toda seguridad, no demandar y aceptar información no veraz, ni contrastada, simplemente porque resulte más jugosa y satisfaga nuestros más bajos instintos, debemos asumir nuestra obligación personal de no dar pábulo a noticias inconsistentes, cuando no abiertamente falsas, para que, así los medios no tengan la excusa perfecta para convertir la propagación de un flagrante atropello en una noticia que solo cuenta una parte de la verdad y que jamás se ve compensada cuando, en ocasiones y, pasados varios años, por fin se consigue que se haga justicia.
El mal ya está hecho y el viejo axioma de calumnia que algo queda, se cumple, especialmente, cuando el hostigamiento y la persecución sin sentido, provienen, en origen, de la propia administración de justicia que inicia acciones absurdas contra una persona faltando a un mínimo de decoro y respeto a la dignidad humana cómo es no linchar a un inocente antes de que se celebre si quiera el juicio.
Desde luego, resulta especialmente dañoso que, este atropello a la dignidad humana provenga de quién tiene la obligación de otorgarle protección, pero no nos libra de nuestra propia responsabilidad en preservar el derecho a la presunción de inocencia y a la dignidad humana de todos nosotros.
Hasta que no entendamos que el respeto de estos derechos en los demás, ya que en nosotros mismos siempre resultan fáciles de reclamar, refuerza nuestra sociedad y sus valores, seguiremos cuesta abajo en una carrera sin frenos hacía la degradación del sentido auténtico de democracia.
Cómo ya hemos dicho, traemos a colación esta reflexión a resultas del juicio de la Dra. Rosa Armiñana, celebrado recientemente y en el cual hemos tenido el privilegio de ejercer su defensa, pero desde luego es extrapolable a muchos casos, judiciales y extrajudiciales que vivimos día a día.
La Dra. Armiñana ha sufrido de forma abrupta la persecución policial y judicial sin razón alguna, durante más de tres años acusada injustamente de falsedad de recetas y fraude al Salud de Aragón.
Ha padecido su ingreso en prisión y su posterior puesta en libertad, pero bajo fianza. Se ha visto difamada en los medios de comunicación que la han expuesto públicamente mostrando fotografías suyas y paseando su nombre y apellidos sin recato alguno.
Fue despedida de su puesto de trabajo en el Servicio Valenciano de Salud hasta que consiguió su readmisión, aunque destinada a un puesto distinto.
Su implicación en la, mediáticamente llamada Operación Pharmakon, fruto a su vez de la Operación Convector y relacionada con la Operación Noisa, mucho nombre para tan poca enjundia, le ha supuesto, además, el embargo de su sueldo, cuentas bancarias y propiedades, aunque era evidente que nula participación tenía en semejante dislate jurídico, que lo único que ha demostrado es la imaginativa colección de nombres sonoros que se pueden utilizar para justificar ríos de tinta que garanticen el linchamiento social de un inocente y que le obligó a soportar, una y otra vez, la repetición de imágenes suyas en los medios, incluido su traslado esposada a los Juzgados de Teruel, sufriendo una pena de telediario gratuita a la par que bochornosa.
Ha tenido que esperar hasta el mismo juicio para que se reconociese lo que era patente y que nos llevó durante estos tres años a reiterar por activa y por pasiva que nos encontrábamos ante un verdadero atropello injustificado, para que finalmente la fiscalía reconociese lo inevitable que no existía causa alguna que justificase el sostenimiento de la acusación de cinco años de prisión que se solicitaba, y accediese, como no podía ser de otro modo, a retirar la acusación que pesaba sobre ella.
Sin embargo, pese a ser ajustada a derecho tal decisión y de la que nos congratulamos, no hay que olvidar, en primer lugar, que ha venido precedida de un arduo y a veces ingrato esfuerzo de defensa que ha topado a menudo con la más absoluta incomprensión del órgano instructor de la causa durante estos último tres años, y, en segundo lugar, no hace justicia al sufrimiento personal y el deterioro imperdonable que ha sufrido en su reputación la Dra. Armiñana fruto del afán inquisitorial con el que se la persiguió, quizá porque de forma torticera, se la quiso tomar como símbolo para demostrar que la justicia era igual para todos, cayendo de plano en todo lo contrario, en la persecución injusta, o quizá simplemente fue víctima de una delirante ideación sobre un contubernio inexistente. Posiblemente nunca llegaremos a entender tal cúmulo de desatinos.
Cierto es también, que los que la conocen, siempre han estado de su parte y nunca han creído los despropósitos con los que se le atacaba, pero lo que sí sabemos es que la absolución por retirada de acusación no tendrá jamás la misma cobertura mediática que la calumnia y que la reparación social, si llega, no será propiciada por quienes aprovecharon la carnaza, sin el más mínimo espíritu crítico, con el único afán de obtener un jugoso titular.

(*) empleamos su nombre porque así ha aparecido durante estos tres años en la mayoría de los medios, con nombre y apellidos, e incluso su propia imagen.

Julio Sánchez Abogado
Socio coordinador Grupo Redlex

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