LOS JUECES CENTRALES Y LA REFORMA DE LA JUSTICIA UNIVERSAL

LOS JUECES CENTRALES Y LA REFORMA DE LA JUSTICIA UNIVERSAL

            De momento el juez Velasco del Central Seis está manteniendo la competencia respecto al asesinato de seis jesuitas entre ellos Ignacio Ellacuria y dos mujeres en la Universidad Centroamericana de El Salvador el 16 de noviembre de 1989, planteando que los delitos enjuiciados lo son como asesinatos terroristas y no de lesa humanidad y que por tanto no están afectados por la reforma restrictiva del principio de Justicia Universal y respecto al requisito de que no hayan sido enjuiciados en el país de origen pretende elevar al Tribunal Supremo la causa para que se pronuncie sobre si el juicio llevado a cabo en El Salvador pudo ser un  fraude de ley, como él cree, y en consecuencia inexistente y así poder continuar con la causa. También defiende que no se puede archivar de plano ningún procedimiento hasta haber practicado las diligencias suficientes para determinar sin se dan o no las circunstancias que llevarían al archivo de la causa con la nueva reforma legal y que la competencia de esa investigación preliminar corresponde a los Jueces Centrales de Instrucción.
            Quizá el Juez Pedraz podría plantear la misma solución respecto al asalto de la embajada española en Guatemala que causó 37 muertos y además se trataría de territorio español.

            También se plantean los Jueces Centrales la posibilidad de remitir alguna de las causas al Tribunal Penal Internacional.

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