LA DECLARACIÓN DEL ACUSADO EN EL JUICIO ORAL

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LA DECLARACIÓN DEL ACUSADO EN EL JUICIO ORAL

 Hace un tiempo os comenté que estabamos trabajando en que la declaración del imputado debería ser al final de toda la actividad probatoria y siempre debería estar sentado junto al letrado.

Para leer más:Declaración del acusado. Sujeto u objeto

Esta petición solemos introducirla en el nuestros escritos de defensa y la reieramos en las cuestiones previas vía artículo 701 de la Lecrim

Para vuestra información hemos conseguido que se acepte este criterio en la Audiencia Provincial de Valencia.- Sección Segunda y en un sumario y tras admitir cuestiones previas el Tribunal aceptó éste criterio mostrando que estaba absolutamente de acuerdo con las tesis defendidas por nosotros en ese sentido, de lo que os informo para ver si entre todos conseguimos generar un cambio en la vista oral y que tengáis ya un precedente en esa Sala, al igual que ya las hay en otras Audiencias.
En la actualidad ya no causa sorpresa nuestra solicitud y obtenemos respuesta favorable, no solo en la Audiencia Provincial de Valencia, sino también en los Juzgados de lo Penal.

                                                            Julio Sánchez Abogado

                                              Socio coordinador Grupo Redlex

 

 

                                  

 

 

 

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